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Se viene un aumento en la tarifa eléctrica

junio 6, 2025

El impacto promedio en la tarifa de usuarios finales en Mendoza será del 0,9%.

El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) aprobó el recálculo de los cuadros tarifarios del servicio eléctrico para los meses de junio y julio de 2025, aplicables a los usuarios de EDEMSA.

Esta actualización fue oficializada mediante la Resolución 148/2025 y se fundamenta en los nuevos precios estacionales establecidos por la Secretaría de Energía de la Nación. Dicha medida de orden nacional fue anunciada a fines de abril para el período mayo, junio y julio y con estos nuevos valores, el EPRE emitió los cuadros tarifarios del trimestre.

Desde el EPRE informaron que el impacto final en los usuarios en Mendoza es del 0,9% en promedio.

La medida responde a los cambios introducidos por la Resolución SE N° 226/2025, que fijó nuevos valores para el Precio de Referencia de la Potencia (POTREF), el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) y el Precio Estabilizado del Transporte (PET), vigentes desde el 1° de junio hasta el 31 de octubre de 2025.

Además, se aplican bonificaciones y límites de consumo subsidiado para los usuarios segmentados en niveles N2 y N3, según las Resoluciones SE N° 036/2025 y SE N° 090/2024. Los consumos que excedan los 350 kWh/mes para N2 y los 250 kWh/mes para N3 se facturarán al precio correspondiente a usuarios N1, es decir, sin subsidio.

Cuadro tarifario y valores aprobados

En cuanto a los valores específicos, los precios del componente PPST común (potencia promedio suministrada total) se fijaron de la siguiente manera:

Junio 2025:

Nivel 2: $2.467/kW

Nivel 3: $3.272/kW

Nivel 1 y usuarios sin subsidio: $6.263/kW

Julio 2025:

Nivel 2: $2.516/kW

Nivel 3: $3.321/kW

Nivel 1 y usuarios sin subsidio: $6.263/kW

Además, se aprobaron anexos tarifarios diferenciados según tipo de usuario:

Anexos I y II: Usuarios residenciales con subsidio, para junio y julio.

Anexo III: Usuarios sin subsidio, vigencia junio-julio.

Anexos IV y V: Tarifas especiales para entidades de bien público.

Anexos VI y VII: Tarifas para agentes del Régimen de Energía Distribuida.

Anexos IX y X: Tarifas para clubes de barrio y pueblo.

El EPRE instruyó a las distribuidoras eléctricas provinciales a aplicar los criterios de facturación establecidos en la Resolución EPRE N° 078/2024, incluyendo los lineamientos del Decreto N° 218/2025.

También se aprobaron los parámetros base para el cálculo de subsidios a cargo del Fondo Provincial Compensador de Tarifas, en línea con el artículo 18 de la Ley de Presupuesto N° 9601.