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Bullrich habilitó el ciberpatrullaje en sitios web

mayo 29, 2024

De qué se trata.

Desde el Ministerio de Seguridad, liderado por Patricia Bullrich, se habilitó el ciberpatrullaje para que las fuerzas federales puedan realizar tareas «en sitios web de acceso público y fuentes digitales abiertas».

Esta medida que fue publicada durante el día de ayer, en la resolución 428/2024 del Boletín Oficial señala que «las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales deberán adecuar su conducta a las siguientes pautas, principios, criterios, recomendaciones y directivas para las labores preventivas de los delitos que se desarrollan en ambientes cibernéticos».

Por otro lado, indicó, «dichas tareas preventivas se llevarán a cabo únicamente mediante el uso de sitios web de acceso público y fuentes digitales abiertas entendiéndose estas como los medios y plataformas de información y comunicación digital de carácter público, no sensible y sin clasificación de seguridad, cuyo acceso no implica una transgresión al derecho a la intimidad de las personas, conforme lo normado en la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y sus normas reglamentarias».

Qué son los ciberdelitos y qué buscarán rastrear
Según lo que establece la resolución, los delitos a rastrear son los relacionados con venta de drogas, amenazas, venta de armas, ciberdelitos de todo tipo, venta de objetos robados, falsificación y comercialización de instrumentos públicos, maltrato animal, violencia de género, extorsión, acoso sexual, distribución de pornografía infantil, trata y tráfico de personas, lavado de dinero, terrorismo y venta de medicamentos sin receta.

Por otro lado, también se utilizará para la búsqueda de fugitivos de la Justicia y de personas desaparecidas.

De todas formas, se fijaron límites, ya que entre las publicaciones a revisar, «se excluirán de la lista para su presunta judicialización aquellas conductas susceptibles de ser consideradas regulares, usuales o inherentes al uso de Internet y que no evidencien la intención de transgredir alguna norma».

«Las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales no podrán acumular información recabada con motivo de las investigaciones previas realizadas y, una vez concluida la actividad preventiva o decidida la no judicialización, deberá destruirse el material y datos obtenidos», aclararon en la norma.