
Confirmaron la sanción por la diferencia entre los precios que se exhiben en las góndolas y lo que se cobra en las cajas.
Como trascendió hace algunos días atrás, el gobierno provincial ratificó una multa para la empresa Millán S.A. por cobrar precios diferentes a los exhibidos en sus góndolas en Átomo. La sanción, confirmada por un decreto del gobernador, se basa en la infracción a la Ley de Defensa al Consumidor y a la Resolución Nº 72/25 del Ministerio de Producción.
La empresa había presentado un recurso jerárquico contra la multa impuesta. En un acta de infracción se había constatado una “Diferencia de Precio Góndola – Caja”, lo cual constituye una infracción al artículo 11 del Decreto N° 274/19. Este decreto penaliza a las empresas que cobran precios diferentes a los publicitados o exhibidos.
Pese a que la empresa presentó el recurso en tiempo y forma, no agregó nuevos argumentos para su defensa, lo que fue destacado en el decreto. El análisis legal determinó que el acta de infracción era válida y que el monto de la multa se encontraba dentro de los valores establecidos por la normativa vigente, basándose en la Ley 27.442 y la Resolución N° 48 de la Secretaría de Comercio Interior.
Por ese motivo, el gobernador decidió rechazar el recurso jerárquico de la empresa, confirmando así la Resolución Nº 72/25 del Ministerio de Producción. Con esta decisión, la multa queda firme y la empresa deberá abonar el monto correspondiente. Este tipo de medidas busca proteger los derechos de los consumidores, garantizando que el precio que ven en la góndola es el mismo que pagarán en la caja.

