septiembre 30, 2026

Mendoza aprobó el nuevo Régimen Penal Juvenil: cómo funcionará desde los 14 años

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La Cámara de Diputados de Mendoza convirtió en ley este miércoles el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 y 17 años que sean acusados de cometer delitos. La reforma adapta la normativa provincial al nuevo marco nacional y modifica más de un centenar de artículos vinculados al proceso penal juvenil.

La iniciativa incorpora órganos judiciales especializados, procedimientos propios y medidas socioeducativas, además de mecanismos de justicia restaurativa. Uno de los principios centrales es que la privación de la libertad sea utilizada como última instancia, priorizando alternativas cuando las características del caso lo permitan.

Un procedimiento específico desde la detención

El nuevo esquema establece cómo debe actuar la Justicia desde el momento en que un adolescente es aprehendido. Tras la intervención policial, podrá ser trasladado a la Unidad de Procedimientos y Abordaje de la Niñez y Adolescencia (UPANA), donde se evaluará su situación.

El fiscal tendrá un plazo inicial para definir si corresponde que el adolescente sea reintegrado a su entorno familiar o permanezca bajo una medida de resguardo. Si se dispone prisión preventiva, deberá ser trasladado a un centro especializado, separado del sistema penitenciario destinado a adultos.

El régimen también contempla una diferenciación por edades dentro de los dispositivos de responsabilidad penal juvenil y establece que los menores de edad no podrán ser alojados en cárceles comunes junto con personas adultas.

Medidas alternativas a la privación de libertad

La reforma crea la Unidad de Medidas Alternativas a la Privación de la Libertad (UMA), destinada al seguimiento de adolescentes que deban cumplir medidas judiciales sin permanecer detenidos.

Entre las herramientas previstas aparecen la mediación, conciliación, reparación del daño, suspensión del proceso a prueba, monitoreo electrónico y programas comunitarios, de acuerdo con las características de cada caso.

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El objetivo es que las medidas tengan también un componente educativo y de reintegración. Para ello, cada adolescente podrá contar con un Proyecto de Reintegración Social, acompañado por supervisores y equipos interdisciplinarios.

Educación y formación durante el cumplimiento de una medida

En los casos en que exista privación de libertad, el régimen establece que la educación tendrá carácter prioritario. La escolarización obligatoria no podrá ser suspendida como sanción disciplinaria.

También se contempla el acceso a formación profesional, capacitación en oficios y actividades culturales, deportivas y recreativas como parte del proceso de reintegración social.

Para administrar los establecimientos destinados a adolescentes privados de libertad se crea una Unidad de Privación de Libertad (UPL), que tendrá a su cargo aspectos vinculados con la custodia, traslados, disciplina y abordaje socioeducativo.

Una Justicia especializada

La reforma establece una estructura judicial específica para estos casos, con Juzgado Penal Juvenil, Tribunal Penal Juvenil, Ministerio Público Fiscal Penal Juvenil, Defensa Penal Juvenil y Ministerio Pupilar.

El Tribunal Penal Juvenil estará integrado, como regla general, por tres jueces, aunque en determinadas circunstancias podrá funcionar de manera unipersonal.

Además, se incorpora la figura del supervisor especializado, encargado de realizar el seguimiento de las medidas impuestas y elaborar informes sobre la evolución del adolescente.

Un procedimiento especial para casos de flagrancia

El nuevo régimen también incorpora un procedimiento específico para situaciones de flagrancia juvenil, con audiencias orales y plazos más acotados.

En estos casos, la Justicia deberá analizar las medidas cautelares y las posibles alternativas al proceso. La normativa prioriza herramientas como la mediación, la justicia restaurativa y los criterios de oportunidad cuando sean aplicables.

Los adolescentes serán juzgados por jueces especializados y no por jurados populares. Además, los debates serán orales y reservados para proteger los derechos y la identidad de los menores de edad.

Protección de la identidad

Otro de los puntos incluidos en la reforma es la protección de la identidad de los adolescentes involucrados en procesos penales, tanto si son imputados como si son víctimas o testigos.

La normativa restringe la difusión de nombres, fotografías, domicilios, datos familiares, establecimientos educativos y cualquier otra información que permita identificarlos.

La medida busca preservar la intimidad de los adolescentes y evitar que la exposición pública interfiera en sus procesos de reintegración social.