
El Gobierno de Mendoza, a través del Ministerio de Producción, formalizó la declaración del Estado de Emergencia Agropecuaria y Desastre Agropecuario tras el relevamiento de los daños ocasionados por contingencias climáticas durante lo que va del ciclo agrícola 2025/2026.
La medida apunta a asistir a los productores afectados por heladas y tormentas de granizo, fenómenos que provocaron pérdidas significativas en distintas zonas productivas de la provincia. La clasificación de cada establecimiento depende del porcentaje de daño verificado por la Dirección de Contingencias Climáticas (DACC).
En este sentido, se estableció que el Estado de Emergencia Agropecuaria alcanzará a las propiedades rurales que registren daños de entre el 50% y el 79% de su producción, mientras que el Estado de Desastre Agropecuario corresponderá a aquellas fincas con pérdidas iguales o superiores al 80%.
Zonas afectadas
El decreto incluye una amplia nómina de distritos bajo riego distribuidos en las cuatro regiones productivas de Mendoza.
En la Región Centro (Valle de Uco), la emergencia comprende a los departamentos de San Carlos (Eugenio Bustos y La Consulta), Tunuyán (Los Árboles y Los Chacayes) y Tupungato (La Arboleda, El Peral, entre otros).
La Región Este es la que concentra la mayor cantidad de distritos afectados, abarcando zonas de Junín, La Paz, Rivadavia, San Martín y Santa Rosa.
En la Región Norte, se incluyen distritos de Lavalle (Costa de Araujo y Gustavo André), Las Heras, Luján de Cuyo (Agrelo y Perdriel) y Maipú (Barrancas y Fray Luis Beltrán).
Por su parte, la Región Sur comprende áreas de General Alvear (Bowen y Alvear Oeste) y de San Rafael, con la mayoría de sus distritos alcanzados, entre ellos Cañada Seca, Rama Caída y Cuadro Benegas.
Vigencia y beneficios
Los productores que cuenten con el certificado de daños emitido por la DACC podrán acceder a los beneficios previstos en la Ley Provincial Nº 9083, que contempla prórrogas impositivas y planes de asistencia específicos.
El período de cobertura de estos beneficios se extenderá por heladas desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2027, y por granizo desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de marzo de 2027.
Además, la declaración provincial se encuentra alineada con el Régimen Nacional de Emergencia Agropecuaria (Ley 26.509), lo que permitirá a los productores mendocinos gestionar también beneficios ante organismos nacionales.
