
La Justicia Federal de Mendoza ordenó frenar la desregulación del sector vitivinícola y dispuso que el Certificado de Ingreso de Uva (CIU) vuelva a ser obligatorio en la provincia. La decisión se adoptó a partir de una medida cautelar que suspendió la aplicación de las normas que habían eliminado ese requisito, reabriendo un frente de conflicto entre los productores y el Gobierno nacional.
El fallo fue dictado por el Juzgado Federal N°2 de Mendoza y ordenó al Instituto Nacional de Vitivinicultura restablecer provisoriamente la exigencia del CIU. La resolución respondió a una acción judicial presentada por la Asociación de Viñateros de Mendoza, la Unión Vitivinícola Argentina, la Asociación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas y la Cámara de Productores Agrícolas, que advirtieron sobre el impacto de la desregulación en la trazabilidad y el control del mercado.
El fallo establece un conjunto de disposiciones concretas que le otorgan sustento jurídico a la suspensión del esquema de desregulación aplicado al sector vitivinícola.
En primer término, el tribunal hizo lugar a la cautelar solicitada por la Asociación de Viñateros de Mendoza, la Unión Vitivinícola Argentina, la Asociación de Cooperativas Vitivinícolas Argentinas y la Cámara de Productores Agrícolas, con una vigencia de cinco meses o hasta que se dicte sentencia definitiva.
La resolución ordena al INV suspender provisoriamente la aplicación del artículo 40 del Digesto Vitivinícola aprobado por la Resolución INV 37/2025, que había reemplazado la Declaración Jurada de Ingreso de Uva. Además, deja sin efecto la derogación de la Resolución INV N° 3/2025, norma que regula la obligatoriedad del CIU, y revierte parcialmente la derogación de la Resolución INV 35/2020, en lo referido a la presentación digital del CIU y del formulario CEC 05.
Finalmente, el fallo exige a las entidades demandantes la prestación de caución juratoria para cubrir eventuales daños derivados de la medida cautelar y admite formalmente la acción de amparo, que tramitará bajo las reglas de la Ley 16.986. En ese marco, el Juzgado requirió al Instituto Nacional de Vitivinicultura la elaboración de un informe circunstanciado en un plazo de cinco días, mientras el conflicto de fondo continúa bajo análisis judicial.

